Tener personal doméstico ya no es lo mismo que antes.Te lo cuento todo en este artículo.
La prevención de riesgos para el personal doméstico es la nueva prioridad en la normativa legal. El BOE se ha pronunciado al respecto y esto es lo que necesitas saber.
¿Conoces las nuevas regulaciones preventivas que rigen el servicio doméstico?
El desconocimiento de la ley no nos exime de las penalizaciones por su incumplimiento, y el ámbito del servicio doméstico no constituye una excepción. Por eso, te presento los cambios que trae consigo el Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, en lo referente a los derechos laborales del personal doméstico.
Nueva normativa en el ámbito de los riesgos laborales
Según la última publicación del BOE sobre servicio doméstico, el empleador es el responsable de evaluar los posibles riesgos a los que su personal doméstico se encuentra expuesto.
A los efectos de brindar ayuda al respecto, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo creará una herramienta a través de la cual los empleadores podrán obtener parámetros que determinen el nivel de peligrosidad de su residencia.
Otro de los cambios propuestos por el citado decreto es que el personal doméstico podrá detener sus actividades y abandonar la residencia si se viera expuesto a un peligro inminente.
Como empleador, estás obligado a informar a tu personal doméstico cuales son los riesgos a los que se encuentra expuesto y las medidas de protección que has dispuesto para protegerlo.
Adicionalmente, deberás proporcionar a tu trabajador el equipo de trabajo y de protección individual para su seguridad.
Por último, es tu obligación como empleador el poner a disposición de tu personal doméstico toda la información.
Cambios en el ámbito médico
Ahora los trabajadores domésticos tienen derecho a un reconocimiento médico gratuito, el cual es voluntario y tendría lugar a través del Sistema Nacional de Salud.
Dado que este reconocimiento puede ser único, aunque la persona contratada preste servicios para más de un empleador de manera simultánea, deberás acreditar que tu contrato cuenta con dicho reconocimiento médico.
El trabajador tiene derecho a recibir este reconocimiento médico cada tres años, a menos que las condiciones de trabajo cambien y requiera someterse a uno nuevo.
Novedad exclusiva: formación
En el nuevo decreto, el personal doméstico ahora tiene derecho a recibir formación al respecto de los riesgos a los que se expone al realizar las tareas del hogar.
Dicha formación será impartida en la plataforma del Servicio Público de Empleo Estatal y será única para cada trabajador, independientemente de que presten servicios para varios empleadores.
En un plazo de un año a partir de la publicación del citado decreto, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo creará una guía técnica destinada a prevenir los riesgos laborales en el personal doméstico.
Prevención de violencia y acoso en el ámbito laboral
Los trabajadores domésticos ahora cuentan con protección jurídica contra todo tipo de acoso laboral: sexual, racial, sexo, expresión de género, nacionalidad, origen ético y orientación e identidad sexual.
Debido a esta protección, el trabajador doméstico podrá abandonar el domicilio si fuera víctima de violencia en cualquiera de estos ámbitos,sin que dicho abandono del lugar de trabajo pueda considerarse una dimisión o se tome como causa de despido.
¿Es necesario contar con un abogado para contratar personal doméstico?
Es altamente recomendable, especialmente en estos tiempos de transición, ya que una omisión o un pequeño error pueden conducirte a demandas que deriven en multas onerosas.
Como abogado especialista en derecho laboral, mi misión es asesorarte y acompañarte en este proceso de adaptación para que contar con personal doméstico no se convierta en un problema para tu familia.
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