Los pensionistas en el extranjero deben acreditar su vivencia antes del 31 de marzo de 2025

Los pensionistas en el extranjero deben acreditar su vivencia hasta el 31 de marzo de 2025 usando la app VIVESS.

Los pensionistas en el extranjero deben acreditar su vivencia antes del 31 de marzo de 2025

Los pensionistas del Sistema español de la Seguridad Social que residen en el extranjero tienen hasta el 31 de marzo de 2025 para acreditar su vivencia, un trámite anual esencial para continuar percibiendo su pensión. Esta obligación se ha simplificado considerablemente con el lanzamiento de la nueva aplicación móvil VIVESS, que permite realizar este proceso de manera práctica desde cualquier lugar del mundo sin necesidad de desplazamientos.

La acreditación de vivencia es un requisito que todos los pensionistas españoles en el extranjero deben cumplir, y consiste en presentar una fe de vida emitida por la autoridad competente del país de residencia. Alternativamente, se puede acudir a los Registros Civiles Consulares o a las Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Sin embargo, el uso de la aplicación VIVESS marca un avance significativo, permitiendo a los beneficiarios realizar esta gestión de forma eficiente.

La aplicación, que es gratuita y está disponible tanto para dispositivos Android como Apple, utiliza la tecnología de reconocimiento facial biométrico. Para acceder, el pensionista debe registrarse introduciendo su DNI, NIE, número de expediente, o usando el sistema Cl@ve. Una vez registrados, el proceso de acreditación es ágil y se completa en tres simples pasos: la identificación del usuario, la verificación por medio de un selfie, y la posterior emisión de un justificante que confirma la acreditación.

Como parte de las funcionalidades de VIVESS, los pensionistas también podrán realizar otras gestiones, como modificar la modalidad de cobro de su pensión, actualizar sus datos de domicilio, o enviar el certificado de residencia fiscal. Estos cambios pueden ser gestionados a través de la misma aplicación, facilitando así el cumplimiento de diversas obligaciones administrativas sin necesidad de desplazamientos.

Es importante destacar que el periodo para realizar la acreditación de la vivencia se extiende desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2025. Si un pensionista no acredita su vivencia dentro de este periodo, su pensión quedará suspendida, aunque esta situación puede ser rectificada en cualquier momento a lo largo del año siempre que se realice la acreditación correspondiente.

Para aquellos pensionistas que no cuenten con un teléfono móvil o prefieran no usar la aplicación, siguen existiendo opciones tradicionales. Pueden enviar la fe de vida por correo a la Dirección Provincial que gestiona su pensión o acudir a las Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, lo que implica un esfuerzo mayor en términos de tiempo y logística. Sin embargo, el objetivo de la aplicación VIVESS es suavizar y modernizar estos procedimientos, haciéndolos más accesibles.