El TSJ Castilla-La Mancha niega la IP a una administrativa de 46 años con artritis seronegativa y de utilizar una silla de ruedas para desplazarse.
El TSJCLM recuerda que la existencia de un cierto grado de discapacidad no lleva asociado el reconocimiento de una invalidez en cualquiera de sus grados.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) ha confirmado la decisión de un Juzgado Social de Toledo de no conceder la incapacidad permanente a una auxiliar administrativa de 46 años con artritis seronegativa. A pesar de utilizar una silla de ruedas para desplazarse y de las limitaciones orgánicas y funcionales que sufre, el tribunal ha considerado que la demandante es "sustancialmente independiente" en su vida personal y social, y que no se ve comprometida su subsistencia o dignidad al precisar ayuda de terceros.
El tribunal ha evaluado el grado de dependencia de la empleada, reconociendo su autonomía en actividades esenciales y su capacidad para conducir un vehículo adaptado. La Sala ha recordado que la existencia de un cierto grado de discapacidad no implica automáticamente el reconocimiento de una invalidez en cualquiera de sus grados, ya que son valoraciones independientes.
Por lo tanto, el tribunal concluye: «Las eventuales limitaciones en el puesto de trabajo tendrían relevancia en orden a determinar cualquier otro grado de invalidez, que no se solicita, y que la imposibilidad de salvar ciertos obstáculos en la vía pública no es razón suficiente para el reconocimiento interesado, en cuanto que se refiere a un problema de accesibilidad que experimentan de igual modo personas con limitaciones que no son acreedoras de la gran invalidez».
La resolución puede ser objeto de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Fuente: Poder Judical
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